martes, 17 de mayo de 2011

Refuerzan penas en la Ley "cazacorruptos"

17/05/2011
Por: Ultimas Noticias

Con el objeto de brindar al Estado y a la sociedad herramientas jurídicas cada vez más adecuados para prevenir y combatir eficazmente la corrupción, la plenaria de la Asamblea Nacional aprobó ayer por unanimidad el proyecto de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, en su primera discusión, en la cual se señala de manera taxativa que las “acciones penales y civiles derivadas de los delitos contra el patrimonio público tipificado en esta ley no prescriben”.
El diputado Héctor Navarro, presidente de la Comisión de Contraloría, explicó en el debate que el proyecto de ley tiene por objeto ajustar la legislación existente en materia de lucha en contra de la corrupción, a las enseñanzas que surgen, en primer lugar, de las luchas que existen en contra de este mal, en segundo lugar, de las necesidades que plantean las novedosas formas de organización del poder popular para combatir la corrupción.
Detalló que gracias a la colaboración de la Fiscalía General y la Contraloría se pudieron incluir novedosas visiones para atacar este flagelo que se hace presente en los países más desarrollados.
Navarro expuso que el proyecto de reforma se sustenta en los cambios sociales, económicos y políticos que se producen en el país, los cuales permiten que cada día participen más personas e instituciones, que no pertenecen en el sentido estricto de la palabra al sector público, en la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y, en esa medida, asumen responsabilidades con relación al manejo de los recursos públicos asignados.
Ejemplo de esto son las organizaciones no gubernamentales (ONG), las organizaciones de base comunitaria (consejos comunales) y otras formas de organización social, quienes gestionan y ejecutan proyectos y reciben recursos, con base en las necesidades y aspiraciones de las comunidades.
El parlamentario explicó que con esta reforma se considera corrupción, además del daño al Erario Público, el incumplimiento de la ley y otras normas que rigen el comportamiento del funcionario o empleado público en el desempeño de sus funciones.
El ámbito de aplicación de la ley se amplía al agregar a los funcionarios, a los empleados públicos y otras personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que sean consideradas sujetos activos o pasivos de esta ley, es decir, que contraten con el Estado o reciban sus fondos.